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Violencia infantil

“Mi hijo vuelve con miedo”: qué hacer si sospechas que la nueva pareja de tu ex ejerce violencia sobre el menor

6 de agosto de 2026 Dejar un comentario

Hay frases que ningún padre o madre olvida.

– “No quiero volver allí.”
– “Cuando está él/ella en casa me encierro.”
– “Por favor no se lo digas.”

A veces el cambio es silencioso:
un niño que antes era alegre empieza a apagarse.
Tiene ansiedad antes de las visitas.
Llora sin explicar por qué.
Deja de dormir bien.
O regresa a casa extraño, distante o asustado.

Y entonces aparece una de las situaciones más delicadas que existen en derecho de familia:
– Sospechar que la nueva pareja de tu ex puede estar haciendo daño a tu hijo.

La pareja de tu ex NO tiene “autoridad absoluta” sobre el menor

Muchas personas creen que, al convivir con el niño, la nueva pareja puede disciplinarlo como quiera.

No es así.

Ni un padrastro ni una madrastra sustituyen legalmente a los progenitores salvo situaciones muy concretas. Y, por supuesto, nadie tiene derecho a ejercer violencia física, psicológica o humillante sobre un menor.

El problema es que estas situaciones muchas veces ocurren dentro de casa, lejos de testigos, y los niños tardan muchísimo en hablar por miedo o culpa.

Los menores rara vez explican las cosas de forma directa

Muchos padres esperan que el niño diga claramente:
– “me pega”
– “me insulta”
– “me da miedo”

Pero la realidad suele ser muchísimo más compleja.

Los menores pueden expresar el sufrimiento de otras maneras:

  • ansiedad antes de las visitas
  • pesadillas
  • cambios bruscos de comportamiento
  • agresividad
  • tristeza
  • miedo a quedarse solos
  • retrocesos infantiles
  • problemas escolares
  • o rechazo repentino hacia ir con el otro progenitor

Y en ocasiones el niño protege emocionalmente a su propio padre o madre para no “romper” la nueva familia.

¿Puede intervenir la justicia aunque la agresión no venga del progenitor?

Sí.

El Código Civil de Cataluña y la legislación española obligan a proteger siempre el interés superior del menor, independientemente de quién ejerza la violencia.

Eso significa que, si existe riesgo para el niño, el juzgado puede:

  • modificar custodias
  • limitar visitas
  • suspender estancias
  • imponer puntos de encuentro
  • o adoptar medidas urgentes de protección

aunque quien ejerza la conducta sea la nueva pareja del padre o de la madre.

Además, la LOPIVI (Ley Orgánica de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia) reforzó todavía más la obligación de detectar y actuar ante cualquier situación de violencia infantil.

Mucho cuidado con actuar solo desde la rabia

Cuando un hijo cuenta algo así, el impulso es inmediato:
enfrentarse al otro progenitor, ir a buscar al niño o incluso impedir las visitas directamente.

Pero actuar sin asesoramiento puede complicar muchísimo la situación judicial.

En algunos casos, cortar unilateralmente el contacto sin autorización judicial puede terminar utilizándose en contra del progenitor que intenta proteger al menor.

Por eso es fundamental:

  • documentar lo ocurrido
  • buscar apoyo psicológico especializado
  • recopilar pruebas si existen
  • y actuar jurídicamente cuanto antes

¿Qué tipo de pruebas suelen valorarse?

Cada caso es distinto, pero los procedimientos suelen apoyarse en:

  • informes psicológicos infantiles
  • declaraciones del menor adaptadas a su edad
  • partes médicos
  • mensajes
  • testigos
  • informes escolares
  • o valoraciones de servicios sociales

En Cataluña, los juzgados cada vez tienen más sensibilidad hacia el impacto de la violencia psicológica infantil, incluso cuando no existen lesiones físicas visibles.

A veces el daño no son golpes

Hay menores que sufren:

  • humillaciones constantes
  • gritos
  • castigos desproporcionados
  • intimidación
  • desprecio
  • control
  • o miedo dentro de la nueva dinámica familiar

Y aunque desde fuera “no parezca grave”, convivir con terror o tensión constante puede afectar profundamente al desarrollo emocional del niño.

Muchos adultos siguen arrastrando secuelas de situaciones similares vividas en la infancia.

Escuchar al menor puede cambiarlo todo

Uno de los errores más frecuentes es minimizar las señales:
– “son celos”
– “no quiere aceptar la nueva pareja”
– “está manipulando”

Y aunque algunos conflictos familiares complejos requieren mucha prudencia, ignorar completamente el sufrimiento del menor también puede dejarlo desprotegido.

Escuchar no significa asumir automáticamente todo como cierto.
Significa tomarse en serio la posibilidad de que algo no va bien.

Cuando un menor siente miedo dentro del entorno familiar, nunca debería considerarse “un problema privado de adultos”.

La ley española y catalana protegen el derecho de los niños a crecer en un ambiente seguro, también frente a conductas ejercidas por nuevas parejas de los progenitores.

Y muchas veces, detectar a tiempo pequeños cambios en un hijo puede evitar daños emocionales muchísimo más profundos en el futuro.

Archivado en:Sin categoría Etiquetado con:abogado de familia, bienestar infantil, Código Civil Catalán, conflictos familiares, custodia hijos, derecho de familia, Fortia Abogados, LOPIVI, modificación de medidas, Mossos d'Esquadra, protección de menores, Violencia doméstica, Violencia infantil, violencia psicológica

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