El mito: “Si es mi conversación, puedo hacer lo que quiera”
En separaciones y divorcios es súper común: guardas audios, capturas y mensajes de WhatsApp para demostrar incumplimientos, insultos, amenazas o manipulaciones.
Y sí: muchas veces pueden servir como prueba.
Pero ojo: una cosa es guardarlo para el juzgado y otra MUY distinta es difundirlo (a familiares, amigos, grupos de WhatsApp o redes). Ahí es cuando te puedes meter en un problema serio.
Qué dice la ley (te lo explico fácil)
1) Grabar: depende
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Si tú participas en la conversación, en general grabarla suele ser lícito y puede valorarse como prueba.
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Si NO participas (espiar, interceptar, “pinchar” conversaciones, entrar en su móvil, etc.), la cosa cambia y puedes estar cruzando una línea penal.
2) Difundir: aquí es donde la gente se equivoca
Aunque la conversación sea “tuya” o te la hayan enviado, difundir imágenes o grabaciones sin permiso puede encajar en delito (especialmente si afecta gravemente a la intimidad y más aún si es tu pareja/expareja).
3) Si hay menores: todavía más cuidado (especialmente en Cataluña)
En Cataluña, el interés superior del menor es un principio clave: si la prueba afecta a hijos, su intimidad y bienestar van primero. Esto obliga a ser muy fino con audios, mensajes y cualquier cosa sensible.
Casos típicos (los que vemos a diario)
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Incumplimientos de custodia o visitas (“no te lo llevo”, “hoy no toca”, etc.).
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Amenazas, insultos o coacciones (“te vas a enterar”, “no verás a los niños”).
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Control económico / manipulación tras la ruptura (presiones, chantajes, “si no haces X, no hay Y”).
Guardar esto puede ayudarte. Difundirlo puede hundirte: denuncia, mala imagen ante el juez y un problema extra que no necesitabas.
Cómo usar audios y WhatsApps sin liarla
Para hacerlo bien (y con cabeza):
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Solo grabaciones donde tú participas (o con consentimiento válido).
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Nada de mandarlo a terceros (ni “solo a mi hermano”, ni “solo al grupo”).
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Guarda el original (no edites, no recortes, no “mejores” el audio).
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Aporta la prueba por vía judicial: la LEC permite aportar medios de reproducción de palabra/sonido/imagen y su reproducción en juicio.
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Si la otra parte dice “eso está manipulado”, suele tocar reforzar autenticidad (pericial, acta notarial, volcado, etc.).
En resumen (por si vas con prisa)
✅ Sí puedes usar audios y WhatsApps en juicio en muchos casos.
❌ Lo que NO debes hacer es difundirlos fuera del procedimiento.
👶 Con menores, doble cuidado (y en Cataluña aún más).



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