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divorcio notarial

No todo el mundo puede divorciarse notarialmente

17 de noviembre de 2025 Dejar un comentario

Divorcio ante notario: requisitos para poder hacerlo (y cuándo NO es posible)

Desde la reforma de la Ley de Jurisdicción Voluntaria, muchas parejas se preguntan si pueden divorciarse ante notario en lugar de ir al juzgado. Es rápido, cómodo y, en muchos casos supone menos desgastante.

Pero ojo: no todo el mundo puede optar por el divorcio notarial. La ley fija una serie de requisitos muy claros y si no se cumplen, sí o sí tendrás que ir por vía judicial.

En este artículo te explico, de forma sencilla, cuándo puedes divorciarte ante notario, qué necesitas y en qué casos no es posible.

¿Qué es exactamente el divorcio ante notario?

El divorcio ante notario es un divorcio de mutuo acuerdo que se tramita mediante escritura pública notarial, en lugar de una sentencia dictada por un juez.

En esa escritura se recoge:

  • La voluntad de ambos de divorciarse

  • El convenio regulador con los acuerdos a los que habéis llegado (uso de la vivienda, pensión compensatoria si procede, liquidación del régimen económico, etc.)

  • Y, si los hay, los pactos económicos entre los cónyuges

El notario no “os juzga”, sino que da forma jurídica al acuerdo y comprueba que se cumplen los requisitos legales.

Requisitos básicos para poder divorciarte ante notario

Para poder acudir a un notario a firmar el divorcio, deben cumplirse todos estos requisitos:

1. Tiene que ser un divorcio de mutuo acuerdo

El divorcio notarial solo es posible cuando los dos estáis de acuerdo en:

  • Divorciaros

  • Y en el contenido del convenio regulador

Si uno de los dos no quiere firmar, no acepta los términos o hay conflicto importante, la vía será el divorcio judicial (contencioso o, si se llega después a un acuerdo, de mutuo acuerdo ante el juez).

Si todavía no tenéis claro el convenio, es recomendable trabajarlo primero con un abogado de familia, y cuando esté cerrado acudir juntos al notario.

2. No puede haber hijos menores ni mayores dependientes

Este es el gran filtro.

Solo podéis divorciaros ante notario si:

  • No tenéis hijos menores de edad, y

  • Tampoco tenéis hijos mayores dependientes respecto de los que haya que fijar medidas (por ejemplo, mayores con la capacidad modificada judicialmente o que requieran especial protección).

Si hay hijos menores de edad o con discapacidad dependientes, el divorcio debe tramitarse ante el juzgado, porque interviene el Ministerio Fiscal para velar por sus intereses.

Resumen rápido:

  • ¿Hay hijos menores o dependientes? → Vía judicial

  • ¿No hay hijos menores ni dependientes? → Podéis valorar vía notarial si además cumplís el resto de requisitos.

3. Deben haber pasado al menos 3 meses desde el matrimonio

Se aplica la misma regla que en el divorcio judicial:

  • Tienen que haber pasado 3 meses desde la celebración del matrimonio para poder pedir el divorcio (salvo supuestos muy excepcionales de riesgo para la vida, integridad física, etc.).

Si os casasteis hace menos de 3 meses, tendréis que esperar a que se cumpla ese plazo.

4. Asistencia obligatoria de abogado

Aunque el divorcio se haga ante notario, no se puede hacer sin abogado.

  • Es obligatorio que estéis asistidos por letrado:

    • Podéis ir con el mismo abogado los dos (si hay mutuo acuerdo real), o

    • Cada uno con su abogado, si lo preferís.

El abogado redacta el convenio regulador, os asesora sobre las consecuencias jurídicas y fiscales del acuerdo (vivienda, pensiones, liquidación del régimen económico, etc.) y firma también la escritura.

5. Competencia del notario: dónde se puede firmar

No podéis ir “a cualquier notario al azar”. La ley fija qué notarios son competentes:

Normalmente podréis elegir entre:

  • El notario del último domicilio común, o

  • El notario del domicilio de cualquiera de los cónyuges

Es decir, debe existir una conexión entre vuestra situación personal y el lugar donde está la notaría.

¿Qué se firma en el divorcio notarial?

En la práctica, el día de la firma ante notario se recoge en la escritura:

  • La declaración de voluntad de divorciarse de ambos

  • El convenio regulador, que suele incluir:

    • Uso de la vivienda familiar (si procede)

    • Pensión compensatoria (si corresponde)

    • Reparto de bienes comunes / liquidación del régimen económico matrimonial

    • Cualesquiera otros pactos económicos entre los cónyuges

En el caso del divorcio notarial sin hijos menores, no hay que fijar custodias, pensiones de alimentos ni regímenes de visitas.

 Importante: la parte fiscal (AJD, IRPF, plusvalía, etc.) hay que tenerla analizada antes de ir al notario, especialmente si se va a liquidar el régimen matrimonial o extinguir condominio sobre una vivienda en común.

¿Estás valorando un divorcio ante notario? Te ayudamos a decidir

Si estás en alguna de estas situaciones:

  • No tenéis hijos menores y queréis un divorcio rápido de mutuo acuerdo

  • Dudáis entre divorcio notarial o judicial

  • Tenéis vivienda en común y no sabéis cómo organizar la adjudicación

  • Queréis evitar sorpresas con Hacienda (AJD, IRPF, plusvalía…)

Lo más prudente es analizar tu caso concreto antes de tomar la decisión. Cuéntanos tu situación (hijos, vivienda, régimen económico, acuerdos) y te diremos si puedes divorciarte ante notario y si realmente es la opción que más te conviene.

Foto: freepik

Archivado en:Sin categoría Etiquetado con:divorcio ¿cómo funciona?, divorcio ante notario, divorcio de mutuo acuerdo, divorcio exprés, divorcio notarial, divorcio notarial ¿qué es?, divorcio rápido, Quiero saber si puedo divorciarme ante notario, requisitos divorcio notarial

Cómo ahorrar miles de euros en tu divorcio.

13 de noviembre de 2025 Dejar un comentario

Divorcio notarial o judicial: el detalle fiscal que puede costarte miles de euros

Si te vas a divorciar y tenéis una vivienda en común, la pregunta no debería ser solo “quién se queda la casa”, sino también:

“¿Cómo lo hacemos para no pagar más impuestos de la cuenta?”

La diferencia entre un divorcio notarial y un divorcio judicial, cuando hay extinción de condominio (uno se queda el piso y compensa al otro), puede suponer miles de euros en impuestos, especialmente en el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD).

Según cómo organices el divorcio y la adjudicación de la vivienda, puedes evitar o no pagar ese famoso 1,5 % de AJD (el porcentaje puede variar según la comunidad autónoma).

Si estás en plena separación o a punto de empezar el proceso, es un buen momento para que revisemos tu caso antes de firmar nada.

¿Qué es la extinción de condominio en un divorcio?

Cuando comprasteis la vivienda estabais en copropiedad (por ejemplo, al 50 %). Al divorciaros, lo normal es que:

  • Uno de los dos se quede el 100 % del inmueble

  • Y el otro reciba una compensación económica (dinero u otros bienes)

Eso es la extinción de condominio: terminar con la copropiedad y que el piso pase a estar a nombre de una sola persona.

Aunque no sea una compraventa “al uso”, Hacienda la analiza casi con el mismo cariño: aquí entran en juego el AJD, el IRPF e incluso la plusvalía municipal, según el caso.

Divorcio judicial: cuando el convenio regulador te ayuda a ahorrar impuestos

En un divorcio judicial de mutuo acuerdo, podéis recoger todas las medidas en un único documento:

  • Custodia de los hijos

  • Pensión de alimentos

  • Uso de la vivienda familiar

  • Y extinción de condominio y adjudicación de la vivienda

Cuando la extinción de condominio se incluye dentro del convenio regulador que aprueba la sentencia, en muchos supuestos no se paga AJD por esa operación (o queda exenta/no sujeta, según la normativa y el criterio de la Administración de tu comunidad).

En definitiva, si lo haces bien en el divorcio judicial, es posible evitar ese 1,5 % de AJD sobre el valor de la vivienda adjudicada.

Si estás planteándote un divorcio de mutuo acuerdo y tenéis vivienda, podemos ayudarte a redactar un convenio regulador que tenga en cuenta también el impacto fiscal.


Pídenos una primera consulta y revisamos tu caso.

Divorcio notarial: rápido, sí… pero ojo con el AJD

El divorcio notarial es cómodo y ágil cuando se cumplen los requisitos (por ejemplo, no hay hijos menores ni dependientes). El problema aparece cuando la vivienda se liquida después, en otra escritura aparte.

Escenario muy típico:

  1. Firmáis divorcio ante notario.

  2. Meses después, vais otra vez a notaría a hacer la extinción de condominio de la vivienda.

En este segundo paso, esa escritura de extinción de condominio suele tributar por AJD, al tipo que marque tu comunidad autónoma (en muchas, en torno al 1,5 %).

Ejemplo rápido:

  • Valor de la vivienda: 250.000 €

  • 1,5 % de AJD: 3.750 € solo de este impuesto

Es decir: el hecho de separar divorcio y extinción de condominio en escrituras distintas puede salirte realmente caro.

¿Y el IRPF? La ganancia patrimonial que muchos olvidan

Además del AJD, hay otro invitado a la fiesta: el IRPF.

En general, la extinción de condominio se ve como una simple división de cosa común. Pero si la parte que sale del inmueble recibe un valor superior al que tenía cuando compró, puede existir ganancia patrimonial.

Ejemplo simplificado:

  • Compráis por 200.000 € (100.000 € cada uno, al 50 %)

  • En el momento del divorcio/extinción, se valora la vivienda en 260.000 €

  • El que transmite su 50 % “sale” de un bien que ahora vale 130.000 €

  • Diferencia: 30.000 € → posible ganancia patrimonial en su IRPF

Es decir, no se trata solo de “cuánto me paga mi ex”, sino de cómo se valora jurídicamente y fiscalmente esa operación.

Resumen claro: divorcio judicial vs notarial (con vivienda en común)

Tabla comparativa orientativa

Aspecto fiscal Divorcio judicial + extinción en convenio Divorcio notarial + extinción en escritura aparte
Tramitación de la ruptura Juzgado (normalmente de mutuo acuerdo) Notaría
Vivienda común Se puede incluir la extinción de condominio Suele hacerse después en otra escritura
AJD (Actos Jurídicos Documentados) En muchos casos no se paga o resulta exento Suele pagarse (p. ej. 1,5 % sobre el valor adjudicado)
IRPF (ganancia patrimonial) Puede existir si hay aumento de valor Igual, puede existir igualmente
Coste fiscal típico Suele ser más eficiente Puede encarecer bastante la operación

Cada caso concreto puede variar; por eso es importante analizar datos reales (valor de compra, valor actual, hipoteca pendiente, etc.).

¿Qué te conviene? Cómo decidirlo con cabeza (y no solo con prisas)

Cuando te estás separando es normal querer “terminar cuanto antes”. Pero, si hay vivienda común, lo más inteligente suele ser:

  1. Planificar el divorcio pensando en la casa
    No esperes a “ya lo liquidaremos después”. Muchas veces “después” significa más impuestos.

  2. Valorar seriamente el divorcio judicial de mutuo acuerdo
    No tiene por qué ser un proceso largo ni traumático si hay voluntad de acuerdo. Y permite integrar en un mismo documento la extinción de condominio con un mejor encaje fiscal.

  3. Calcular el impacto en AJD + IRPF antes de firmar
    Un vistazo rápido a los números puede ahorrarte varios miles de euros.

  4. Dejarte acompañar por un abogado de familia con experiencia en fiscalidad del divorcio
    No todos los divorcios son iguales, y no todas las operaciones inmobiliarias se tratan igual.

 

¿Necesitas ayuda con tu divorcio y la vivienda?

Si estás leyendo esto, probablemente estés en uno de estos casos:

  • Tenéis piso en común y estáis decidiendo quién se lo queda

  • Te estás planteando un divorcio notarial y no sabes si es la mejor opción

  • Ya os habéis separado, pero falta resolver la extinción de condominio

  • Te preocupa cuánto puedes acabar pagando en impuestos por el divorcio

En ese punto, lo razonable es no improvisar.

Conclusión: el divorcio también se planifica

Un divorcio no es solo una ruptura sentimental, es también una operación jurídica y fiscal.
Y si hay vivienda por medio, aún más.

  • La vía judicial, bien planteada y con un convenio regulador completo, puede ayudarte a minimizar impuestos.

  • La vía notarial, aunque rápida, puede salir cara si no se coordina bien la extinción de condominio.

Recomendación final:
Antes de elegir entre divorcio notarial o judicial, y antes de decidir cómo repartir la casa, pide asesoramiento.

Archivado en:Sin categoría Etiquetado con:adjudicación de vivienda familiar, ahorrar dinero en el divorcio, divorcio ante notario, divorcio en el juzgado, divorcio judicial, divorcio notarial, divorcio notarial o judicial, divorcio notarial vs judicial, evitar pagar impuestos en el divorcio, extinción de condominio, quedarme la vivienda

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