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demanda de familia

MASC en familia tras la LO 1/2025: cuándo es obligatorio antes de demandar

2 de abril de 2026 Dejar un comentario

Desde la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2025 el 3 de abril de 2025, en el orden civil se exige con carácter general acudir previamente a un medio adecuado de solución de controversias para que la demanda sea admisible. La propia norma lo configura como requisito de procedibilidad y, además, obliga a describir en la demanda el proceso negociador seguido o la imposibilidad de haberlo llevado a cabo. Si no se acredita correctamente, la demanda puede no ser admitida. 

En derecho de familia, esto ha cambiado de forma importante la estrategia previa al procedimiento. Ya no se trata solo de “intentar hablar”, sino de hacerlo de una manera jurídicamente útil. La ley admite distintas vías: mediación, conciliación, opinión neutral de experto independiente, oferta vinculante confidencial o incluso negociación directa entre las partes o entre sus abogados, siempre que cumpla las exigencias legales. 

Ahora bien, no todo pasa por MASC. La propia ley contempla excepciones, especialmente en materias urgentes o especialmente sensibles, como las medidas del artículo 158 del Código Civil. Por eso, en asuntos con riesgo para menores, violencia o necesidad de actuación inmediata, conviene analizar muy bien si estamos ante un supuesto exceptuado o no. 

Otro punto clave es la prueba. El intento negociador debe quedar documentado. La ley prevé que pueda acreditarse mediante documento firmado por ambas partes o por certificación del tercero neutral que haya intervenido, y regula incluso cuándo puede darse por terminado el intento sin acuerdo, por ejemplo si pasan 30 días desde una propuesta concreta sin respuesta escrita o 3 meses desde la primera reunión sin acuerdo. 

En la práctica, esto significa que en separaciones, divorcios, medidas paterno-filiales o modificaciones de medidas ya no basta con acudir al juzgado “sin más”. Una mala preparación del intento previo puede retrasar semanas o meses el procedimiento. Y una buena preparación puede servir, además, para fijar una posición sólida en materia de costas y estrategia procesal. La propia ley prevé efectos relevantes en costas cuando una parte rehúsa injustificadamente participar en la actividad negociadora previa. 

En Fortia Abogados analizamos si tu caso requiere MASC, cuál es la vía más segura y cómo dejarlo documentado para que el procedimiento nazca bien planteado desde el inicio.

Archivado en:Sin categoría Etiquetado con:demanda de familia, LO 1/2025, MASC familia requisito de procedibilidad, mediación familiar

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