Cuando el conflicto de pareja entra en un terreno peligroso
En separaciones y divorcios muy tensos, a veces alguien cruza una línea especialmente delicada: usar al hijo como “arma” para presionar al otro progenitor, desacreditarlo o intentar ganar ventaja en el juzgado… incluso con acusaciones muy graves (por ejemplo, de abuso sexual).
El problema: esto no suele dar ventaja. De hecho, muchas veces pasa lo contrario: pierdes credibilidad y el juzgado puede reaccionar con medidas serias para proteger al menor.
Qué dice la ley en Cataluña (te lo explico fácil)
En Cataluña, el foco es siempre el mismo: el interés del menor.
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El Código Civil de Cataluña deja claro que las responsabilidades parentales deben ejercerse pensando en el hijo y que el juez debe priorizar su interés.
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Además, para decidir custodia/guarda, el juzgado valora criterios como la vinculación, el entorno y la dinámica familiar (y detecta muy rápido cuando hay manipulación).
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Y los progenitores tienen deberes básicos hacia los hijos (cuidar, educar, convivir, proteger).
Y en lo penal: si alguien imputa hechos delictivos sabiendo que son falsos (o con desprecio temerario hacia la verdad) puede encajar en denuncia falsa (art. 456 CP), con penas que pueden incluir prisión o multa, según el caso.
Señales típicas que los juzgados suelen analizar
Esto es lo que se ve mucho en sala (y en informes psicosociales/periciales):
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Relatos del menor muy influenciados, cambiantes o con frases “de adulto”.
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Denuncias que aparecen justo antes de una vista clave (custodia, modificación de medidas, etc.).
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Presión emocional para que el niño “diga lo que toca” ante profesionales.
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Acusaciones que no se sostienen con indicios objetivos, pero se usan para bloquear visitas o castigar al otro.
Cuando se detecta, la credibilidad del progenitor que denuncia se rompe.
Si la acusación resulta falsa: consecuencias reales
Dependiendo del caso, puede haber “efecto dominó”:
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Archivo y pérdida de credibilidad procesal.
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Cambios en custodia/guarda o ajustes fuertes en el plan de parentalidad.
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Visitas limitadas o supervisadas, si se aprecia manipulación o riesgo emocional.
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Y, si encaja, procedimiento penal por denuncia falsa (art. 456 CP).
Ojo: proteger al menor no es “fabricar” una historia
Esto es importante decirlo claro:
✅ Si hay un riesgo real para el menor, se actúa con seriedad, sin guiones, y por vías adecuadas (médico, servicios especializados, denuncia si procede).
❌ Lo que nunca ayuda (y suele explotar en tu cara) es inducir, exagerar o inventar.
¿Tienes un caso así y no sabes cómo actuar?
Si estás en Cataluña y te preocupa que el conflicto se esté yendo de las manos (o te han acusado injustamente), en Fortia Abogados podemos revisar tu situación y marcar una estrategia segura para proteger al menor y tu posición en el procedimiento.
(Texto informativo: no sustituye asesoramiento legal personalizado.)



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